En 2019 el Gobierno Vasco pondrá en marcha el programa Gaztelagun, con el que quiere favorecer la emancipación de jóvenes de 23 a 35 años, mediante ayudas en el pago de la renta mensual de la vivienda de hasta un 50% y con una duración máxima de 3 años.
El programa se enmarca dentro del Plan Director de Vivienda 2018-1020 que presentó el consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda del Gobierno vasco, Iñaki Arriola el mes pasado. Entre las líneas estratégicas del plan se encontraba la necesidad de situar a las personas jóvenes en el centro de las políticas de vivienda, y se pretende darle cobertura mediante este programa.
Requisitos
- Los solicitantes deberán tener entre 23 y 35 años con domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada, aunque no sea como titulares del contrato de alquiler (se permite compartir piso) y dispongan de una fuente regular de ingresos que, en conjunto, supere los limites vigentes en cada momento para el cobro de la RGI (7.734 euros este año) y sean iguales o inferiores a 12.000, 15.000 y 18.000 euros, en función de que los residentes sean 1, 2 o 3 personas. Este umbral será de 20.000 y hasta 22.000 euros cuando se trate de familias numerosas de categoría especial o de personas con grados elevados de discapacidad.
- La renta de la vivienda objeto del contrato de alquiler no podrá superar los 600 euros mensuales con carácter general y los 750 euros en el caso de las tres capitales vascas y sus respectivas áreas funcionales. La cuantía de la ayuda será de hasta el 50% de la renta mensual que deba satisfacer el beneficiario por el alquiler de su vivienda habitual y permanente. Cuando la vivienda la compartan dos unidades de convivencia formalmente constituidas, la ayuda se elevará hasta el 60% del alquiler.
- Se entenderá que tienen una fuente regular de ingresos quienes estén trabajando por cuenta propia o ajena, el personal investigador en formación y los perceptores de becas, siempre que puedan acreditar una vida laboral de, al menos, seis meses de antigüedad de forma inmediatamente anterior al momento de la solicitud, o una duración prevista de la fuente de ingresos de, al menos, seis meses contados desde el día de su solicitud.